La Unión Europea ha dispuesto en la directiva 2012/27/UE, del Parlamento europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la Eficiencia Energética, en su artículo 9, que todos los edificios que estén dotados de sistemas de calefacción o climatización central, tendrán que tener instalados dispositivos de medición individuales antes del próximo 30 de diciembre de 2016.
Con repartidores de costes y válvulas con cabezal termostático, cada usuario:
Desde el día 1 de Enero al 30 de diciembre de 2015.